En 1999 entró en vigor la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) suponiendo un paso adelante decisivo para todo el sector: se definieron los agentes del proceso edificatorio y sus responsabilidades. A partir de aquí se unificó la dispersa normativa en el Código Técnico de la Edificación y se obligó a suscribir un "Seguro Decenal" por daños que afecten a la estructura y la estabilidad de los edificios. Sin embargo el llamado "Seguro Trienal" no se tramitó como obligatorio en ese momento y es responsable de garantizar la correcta ejecución de las edificaciones en lo relativo a los requisitos de Habitabilidad, entre ellos el Ahorro de Energía.
Desde entonces se aplican en España varias normativas y directivas europeas encaminadas a reducir el consumo energético de los edificios mejorando el confort de sus usuarios. Ejemplos de ello son el Código Técnico de la Edificación de 2006, así como su reciente revisión, en el apartado de Ahorro de Energía (DB-HE), el 12 de Septiembre de 2013. Pero estas normativas de obligado cumplimiento no van acompañadas de medidas de control externo que garanticen la correspondencia entre el proyecto y la ejecución, ni siquiera el correcto proyecto y/o la correcta ejecución. De ahí la necesidad de proteger los derechos del consumidor con un seguro obligatorio.
En estos años el sector asegurador y el de control de calidad han comprobado el beneficio que supone para el usuario garantizar la seguridad estructural del edificio con el seguro decenal, sin que este eleve los costes de edificación de forma sensible. Llevan años analizando técnicamente los diversos frentes de la garantía trienal, origen del mayor número de denuncias de los consumidores, y parecen estar preparados para afrontar el Seguro Trienal Obligatorio, lo que ha llevado al Grupo Popular en el Congreso de los Diputados a presentar una propuesta en la Comisión de Fomento para activar la tramitación del seguro trienal obligatorio.
Según Luis Rodulfo, Director General de CEPCO, Confederación Española de Asociaciones de Fabricantes de Productos de Construcción
"es fundamental que los usuarios se beneficien de las prestaciones que el CTE exige a los edificios, siendo necesario que los agentes responsables del proceso constructivo respondan de las mismas vía Seguro Trienal Obligatorio" .
Uno de los requisitos más importantes de la Habitabilidad de un edificio es el Ahorro de Energía, donde un correcto aislamiento térmico es el factor decisivo y además está íntimamente ligado con el confort de los usuarios de esos edificios.
Según Luis Mateo, Director General de
ANDIMAT , Asociación Nacional de Fabricantes de Materiales Aislantes,
"el sector del ahorro y la eficiencia energética reclama estas garantías de puesta en obra desde hace años, por ello desde la Asociación aplaudimos la iniciativa de que el Seguro Trienal sea obligatorio cuanto antes. Los usuarios se beneficiarán de los últimos cambios normativos, que afectan tanto a la obra nueva como a la rehabilitación de los edificios existentes" . Además apunta que
"como en cualquier actividad, instalar el aislamiento térmico correctamente en fase de obra cuesta tres o cuatro veces menos que cuando se tiene que reparar por una mala ejecución o por una no conformidad con la normativa o el proyecto" .
Como también dice el Director General de CEPCO
"será una buena noticia que las aseguradoras no se escondan bajo la figura de «perjuicios» ya que son los «daños» lo que obliga la Ley a asegurar" , explicando que
"si alguien pasa frío o calor en una casa que según el CTE debía tener un determinado rendimiento energético, eso no es sólo un perjuicio; se trata además de un daño causado al usuario, que incrementa el importe de su factura energética todos los meses durante muchos años, un enorme daño del que alguien debe hacerse responsable" .
El sector es unánime,
"sin herramientas de control como un Seguro Trienal Obligatorio, es difícil, y casi imposible, garantizar el cumplimiento de la nueva normativa" . En el caso de la obra nueva el proceso está bastante claro y reproduce el que se ha seguido con el seguro decenal y la estructura, pero en el caso de la rehabilitación privada, aquella que decide una comunidad de propietarios o un propietario en particular, ¿quién defiende el derecho de estos propietarios a que su obra cumpla la normativa y el resultado sea el que prescribe la ley?
Sin duda, el gobierno tiene que afinar en el redactado de esta ley si quiere satisfacer a todos los usuarios de edificios, que a la a larga somos todos los ciudadanos ya que nos pasamos más del 90% de nuestra vida dentro de los edificios, ya sea nuestra residencia, lugar de trabajo u ocio.