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    6 Ago '18

    Real Decreto RAEE II sobre residuos eléctricos

    IDE, en su compromiso con el medio ambiente y el cumplimento de la directiva, forma parte de AMBIAFME, que nace como resultado del acuerdo suscrito entre AFME y AMBILAMP

    La Directiva Europea 2012/19/UE revisa la anterior y amplía el campo de aplicación.

    Este mes de agosto entra en vigor el ámbito abierto del RD RAEE II. La publicación de la Directiva Europea 2012/19/UE revisa la anterior Directiva 2002/96/CE, y amplía el campo de aplicación de la recogida, procesado y reciclado del material eléctrico.

    La norma anterior afectaba a electrodomésticos y aparatos electrónicos de gran consumo, y el Real Decreto 110/2015 establece que, a partir del 15 de agosto de 2018, todo material eléctrico destinado a ser incorporado en instalaciones eléctricas debe marcarse con el símbolo del cubo tachado, y debe ser recogido y procesado/reciclado una vez se conviertan en residuo.

    IDE, en su compromiso con el medio ambiente y el cumplimento de la directiva, forma parte de AMBIAFME, que nace como resultado del acuerdo suscrito entre AFME (Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico) y AMBILAMP (Asociación para el reciclado de residuos de iluminación).

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