Tras la aprobación de la primera Ley de Cambio Climático con la que cuenta España, la
Plataforma de Edificación Passivhaus (PEP) , asociación sin ánimo de lucro que engloba a profesionales, empresas y expertos en el campo de la eficiencia energética en la edificación, se muestra muy satisfecha,
principalmente con las aportaciones realizadas desde la Plataforma e incluidas en el Artículo 8 sobre eficiencia energética y rehabilitación de edificios.
Para su presidente,
Bruno Gutiérrez Cuevas "Tras años de retraso, la aprobación de esta Ley es una muy buena noticia para el sector. Nosotros, desde PEP, hemos estado siguiendo de cerca el proceso y, además, hemos contribuido activamente a la misma con el envío de aportaciones que, para nuestra satisfacción, se han incluido en el Artículo 8 sobre eficiencia energética en rehabilitación de edificios. No obstante, sí es cierto que nos hubiese gustado que, en otros aspectos, se hubiesen tenido en cuenta propuestas más ambiciosas para avanzar con mayor agilidad en la senda de la descarbonización".
La Plataforma de Edificación Passivhaus, tras analizar íntegramente la nueva Ley, considera: - Que, aunque el avance es muy significativo, hubiese sido acertado incluir un
orden de prioridad en aspectos edificatorios , es decir: en primer lugar, es necesario reducir la demanda para posteriormente introducir sistemas activos de alto rendimiento y finalizar con la incorporación de energía de procedencia de fuentes renovables.
- Respecto al
Artículo 3 referente a los
objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética , la Plataforma manifiesta que reducir en un 23% las emisiones de GEI respecto de 1990 y conseguir que el 42% del consumo de energía final provenga de fuentes renovables son objetivos poco ambiciosos si, como país, queremos realmente frenar el avance del cambio climático.
- Respecto al
Artículo 19 , es necesario que
la Administración promueva y facilite herramientas para el control de los objetivos de ahorro y eficiencia energética de los edificios , tanto en rehabilitación como en obra nueva. Es extremadamente necesario que las Administraciones promuevan la monitorización y la transparencia en cuanto al comportamiento real de los edificios.
- Que en cuanto a los
criterios de adjudicación de contratos o concesiones de obra pública (Artículo 27) sería deseable que se otorgase puntuación extra a aquellos edificios que incorporen prestaciones de estándares de eficiencia energética superiores. De esta manera, administraciones autonómicas y locales se verían más animadas a iniciar proyectos de esta tipología. Aunque, también, celebran que los contratos de alquiler, en los que el arrendatario sea la Administración Pública, no puedan prorrogarse más allá de 2030 si los edificios no cumplen las condiciones de consumo casi nulo marcadas por el CTE. Desde PEP confían en que próximamente esta medida se extrapole al parque inmobiliario privado.
- Que el
Artículo 35 , relativo a la educación y capacitación frente al cambio climático es un gran avance. Desde PEP llevan años trabajando en la concienciación y divulgación de la importancia que tiene una buena construcción para el medioambiente, así que celebran que la Administración tome las riendas y desarrolle una labor ejemplarizante a través de campañas de sensibilización entre la ciudadanía y la implicación de niños y jóvenes en la lucha contra el cambio climático.